http://dx.doi.org/10.14718/NovumJus.2017.11.2.4


DELITO POLÍTICO EN COLOMBIA EN EL SIGLO XIX
REFLEXIONES SOBRE LA REVOLUCIÓN EN EL JUICIO CRIMINAL CONTRA JOSÉ MARÍA OBANDO (1853-1855)

POLITICAL CRIME IN COLOMBIA IN THE 19thCENTURY
THOUGHTS ABOUT THE REVOLUTION DURING THE CRIMINAL TRIAL AGAINST JOSÉ MARÍA OBANDO (1853-1855)

Yovana del Pilar Romero Leal

Universidad Libre de Colombia

Autora:
Historiadora de la Universidad Externado de Colombia. Artículo de investigación que se enmarca en el proceso de tesis de la Maestría Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica, de la Universidad Libre de Colombia.
Correo electrónico : yovana_del_pilar@hotmail.com.

Recibido: 27 de febrero de 2017
Evaluado: 14 de marzo de 2017
Aceptado: 2 de mayo de 2017



Resumen

El artículo tiene como objetivo analizar la construcción del delito político en las guerras civiles en Colombia durante el siglo XIX. Al terminar la confrontación, los perdedores se sometían a juicios en los cuales se buscaba establecer el grado de responsabilidad y el tipo de delito que cometió: político o común. En estos juicios, la controversia no solo giraba en torno a la tipificación del delito, también se discutía el delito desde el significado de la revolución, por parte del acusado y declarantes. Este artículo busca debatir este último punto. Cuál o cuáles eran las controversias que se enunciaban para definir si participar en una revolución era un delito político o común. El trabajo se enmarca dentro de la historia del derecho; para ello se analizó el documento del juicio al presidente general José María Obando, quien fue acusado de traición y rebelión por su supuesta participación y/o colaboración con la Revolución de 1853, fraguada por el general José María Melo. Por tanto, más que un debate de naturaleza dogmática, es un estudio desde la historia social del derecho y la construcción del delito, desde sentidos e intereses políticos y sociales.

Palabras clave: historia del derecho, traición a la patria, juicio político, Obando.



Abstract

The article aims to analyze political crime in Colombia during the civil war of the nineteenth century. Once the confrontations had reached an end, the losers were tried in order to establish the degree of responsibility and the type of crime committed: political or common. In these trials, the controversy not only revolved around the criminal behavior, but in the context of the revolution. It is this last point that this article seeks to discuss. Which were the controversies that defined the participation in the revolution as a political or common crime. The work is framed within the history of the law, and for this purpose we analysed the trial of general president Jose Maria Obando, who was accused of treason and rebellion for his supposed collaboration to the Revolution of 1853, forged by the General José María Melo. Therefore, rather than a debate of dogmatic nature, it is a study from the social history of the law and the construction of the crime from the political and social senses and interests.

Keywords: history of Law, treason, political judgment, Obando.



Introducción

Esta investigación nació a partir de inquietudes personales sobre el sistema judicial en Colombia, en especial sobre cómo la norma jurídica impacta a la sociedad y cómo esta impacta a la norma jurídica, desde una perspectiva histórico-social. Hasta la última década del siglo XX, en Colombia, los estudios de derecho relacionados con teoría social eran escasos y predominaba una abundante producción teórica desde la dogmática jurídica, alejada de las ciencias sociales y de la realidad social. En el derecho, hoy en día son más recurrentes los estudios interdisciplinarios1.

Hay una discusión y diálogo permanentes entre la historia y el derecho; es así como la construcción de las normas jurídicas tiene un papel importante para la formación del Estado-nación y, al mismo tiempo, estas van más allá del texto codificado y escrito, y hacen parte de la construcción social. Se evidencia que el individuo es un ser activo en la sociedad, que logra modificar su entorno y de cierta manera dar una respuesta a la estructura social, política, económica y cultural en la que vive. Lo anterior es clave e importante para entender el derecho como motor de la sociedad, que busca el orden social y el control social. Estos son aspectos fundamentales para la historia, porque en este punto se encuentra su quehacer, el estudio de la relación sociedad-espacio-tiempo.

Esta investigación tuvo como punto de partida el proceso judicial contra José María Obando por los delitos de traición y rebelión, por su presunta colaboración en el conflicto del 17 de abril de 1854. Desde allí se buscó observar la aplicación y entendimiento, experiencias y usos del derecho por parte de los individuos que participaron en esta causa, para con ello aproximarnos al estudio de la revolución y el delito político.


Guerra de 1854

En Colombia, durante la segunda mitad del siglo XIX se presentaron numerosas guerras civiles de carácter nacional y regional, las cuales estaban enmarcadas en la conformación del Estado-nación moderno. Quienes participaron en estas confrontaciones hacían parte de una clase dirigente que, en buena medida, se caracterizaba por ser una élite militar que había participado en la campaña de independencia del país. Una vez finalizado el conflicto, se iniciaban juicios contra aquellos que perdían la guerra; de esta manera se iniciaba una nueva disputa, esta vez en los juicios.

Durante el siglo XIX tuvieron lugar distintas guerras civiles en el territorio colombiano. El historiador Álvaro Tirado Mejía2 manifiesta que ocurrieron nueve grandes guerras civiles: la de Independencia (1810-1824), la "de los Conventos" o "de los Supremos" (1839-1841), la de 1851, la de 1854, las ocurridas entre 1859-1862, 1876-1877, 1885-1886, 1895 y 1899-1902. Dos contiendas internacionales con el Ecuador y decenas de revueltas regionales, muchas de ellas en el periodo federal. Adicional al conflicto armado, se presentaron tres golpes de Estado: el del general Melo, en la presidencia de José María Obando (1854); el del general Mosquera contra Mariano Ospina Rodríguez (1861), y el de los radicales contra el general Mosquera (1867).

Las guerras civiles y revueltas en este periodo no solo tuvieron que ver con los enfrentamientos violentos, también alteraron la esfera de la vida social, estuvieron conectadas con los contextos sociopolíticos y entrelazadas con las relaciones de poder y dominio, asuntos que contribuyeron a redefinir y a configurar la sociedad y el Estado del siglo XIX. Los protagonistas de los conflictos armados hacían parte de la élite del poder político en un periodo de construcción del Estado-nación, y en él se encuentran tres ideas rectoras: la idea de progreso, la idea de nación y la creencia en la necesidad de una conexión con el exterior (modernización del país). Al mismo tiempo, se dieron innumerables debates sobre la organización del país: cuál sistema político era el más conveniente —federal o central—, qué tipo de régimen político adoptar —si liberal-laico o conservador-clerical—. Como es obvio, todos las guerras civiles trajeron consigo inestabilidad política, lo cual se observa en la promulgación de tres constituciones en solo diez años (1853,1858 y 1863) (Tabla 1).

Tabla 1. Las guerras civiles nacionales del siglo XIX

Fuente: elaboración propia, a partir de varias fuentes: Zambrano, "Las geografías" Museo Nacional, "II Cátedra Anual de Historia" Jaramillo Uribe, "Era Republicana", entre otros.

A mediados del siglo XIX, los sujetos que participaron en las contiendas armadas estaban relacionados con un ideario político liberal o conservador, como el cierre de los conventos menores en Pasto, en 1840, o las protestas de los terratenientes conservadores contra las reformas liberales de medio siglo que llevaron al fin de la esclavitud en 1851, o en respuesta al golpe militar de José María Melo, en 1854. Quienes lideraban las guerras también eran portadores de un estatus social; la mayoría eran militares de alto rango, título obtenido en la lucha por la Independencia de Colombia, que a su vez lograron altos cargos en el gobierno, como presidentes, ministros o senadores.

Como toda confrontación, las guerras civiles del siglo XIX dieron como resultado vencedores y vencidos; quienes perdían eran sometidos a juicios para establecer su grado de responsabilidad o de culpa en el origen de la disputa, que, como ya se ha mencionado, estaban relacionados con un contexto político. En los procesos judiciales estaban presentes discusiones sobre: el tipo de delito, la instancia que debía resolverlo, los argumentos jurídicos, y procesales de procurador y defensa.

Este elemento se volvía importante, ya que, por ejemplo, al determinar el tipo de delito, entraría a disputarse el carácter del sujeto como criminal o como delincuente político.

El punto de partida de este artículo es la guerra civil de 1854; es decir, el enfren-tamiento producido por la transformación y adecuación del Estado liderado por José María Obando, quien venía desarrollando un proyecto de corte liberal, que liquidaba resguardos y ejidos, y promovía políticas de libre cambio, al suprimir aranceles que actuaban como barreras proteccionistas; también promovía la reducción del Ejército y la separación Estado-Iglesia.

Estos cambios legislativos también traerían consigo cambios en la estructura de la sociedad y en el ambiente intelectual de la época. Los comerciantes adoptarían con mayor amplitud las ideas liberales, debido a sus intereses, ambiciones y estilo de vida. Con el aumento de este grupo, también fueron apareciendo otros negocios comerciales, como el aumento de los importadores y exportadores de mercancías, el agente comercial intermediario o comisionista, las cajas de ahorros y las librerías, y la propaganda en la prensa3.

En este escenario, los gólgotas (liberales radicales) propondrían el libre cambio, mientras que los liberales democráticos (draconianos) lucharían por mantener las tarifas proteccionistas. La pérdida del proteccionismo fue el punto de inconformidad de los artesanos; por ello apoyaron la toma del poder por parte de José María Melo y el derrocamiento de Obando en 1854.

El grupo de los artesanos desempeñó un papel significativo en la coyuntura social y política de mediados del siglo XIX, por su fuerza política y cohesión de clase. Desde 1830 se pueden encontrar sus peticiones al Congreso, con el fin de solicitar modificaciones a la estructura arancelaria para beneficio de la producción artesanal. Aumentaron su conocimiento político con la fundación y organización de la Sociedad Democrática de Artesanos (que congregaba no solo a artesanos, sino a jóvenes pertenecientes a las nacientes clases medias y comerciantes). Estas asociaciones también fueron instituciones educativas y de acción cívica. En ellas se organizaban tertulias literarias y políticas, las cuales servían para construir un cuerpo de apoyo mutuo. La fuerte organización y cohesión política de este grupo lograría desempeñar un importante papel en la elección presidencial de los generales José Hilario López (1849-1853) y José María Obando.

Las sociedades artesanales empezaron a aparecer en otros lugares del territorio nacional, como Cali, Popayán, Buga, Cartago, Medellín, Cartagena, Santa Marta, con la orientación y propósito de plantear "el problema de la protección al trabajo artesanal y luchar por la implantación de altas tarifas de aduana para la importación de mercancías extranjeras"4.

Con la llegada de José María Obando a la Presidencia de la República en 1853 se fueron evidenciando varios problemas sociales, políticos y económicos en el país. El viejo prócer liberal perteneció a la fracción tradicionalista del partido Liberal, y sus clásicos esquemas en el campo social y económico ofrecían garantías para draconianos y artesanos, que conformaron una alianza que lo apoyó y gracias a la cual logró llegar al poder. Obando se enfrentó a los gólgotas y a los conservadores a causa de la reducción del Ejército y a la separación de la Iglesia y el Estado, y estuvo en desacuerdo con la Constitución de 1853.

En el juicio contra el presidente Obando, y en textos contemporáneos que describen y analizan su gobierno, se exponen varios problemas de su administración, como un ambiente político complejo, con una mayoría parlamentaria adversa, la cual proponía la adopción de medidas contrarias a los anhelos de los artesanos; o la oposición de draconianos y artesanos a la expedición de la nueva Constitución (la consideraban como un grave riesgo para el orden político y social)5. Por último, se cree que existió pasividad del Ejecutivo frente a las confrontaciones físicas entre draconianos y gólgotas. Estos disgustos sociales y políticos fueron creando una situación de falta de poder por parte de José María Obando, que lo fueron apartando del poco apoyo del Congreso y de sus bases.

El conflicto sociopolítico al cual se enfrentaba el Gobierno de Obando era tenso; los enfrentamientos entre liberales y conservadores, o entre artesanos y liberales, generaban permanentes disturbios, que ocasionaban muertos y heridos. Durante 1853 hubo varios "motines urbanos", en los que participaban activa o decisivamente los artesanos. A comienzos de 1854, el hecho más notorio fueron los sucesos ocurridos en Zipaquirá y Chocontá. El Ejecutivo, liderado por Obando, fue perdiendo el control de estos hechos, y las instituciones estatales fueron cuestionadas por diversos estamentos.

Estos acontecimientos hicieron que, a comienzos de 1854, se empezara a mencionar la posibilidad de un golpe de Estado y se promoviera la perturbación del orden público. José María Samper comenta que hubo un intento de revolución el 19 de marzo de 1854, pero los oficiales fueron separados de sus cargos cuando el general José María Melo denunció el hecho6. Frente a esta situación también se tomaron medidas, entre ellas la del gobernador de la provincia de Bogotá, Gutiérrez Lee, quien el 7 de enero de 1854 promulgó un decreto para ordenar que se entregaran las armas pertenecientes al Estado7.

Al mismo tiempo, en varios ejemplares del periódico El Repertorio8 se menciona la solicitud de armas y la creación de los cuerpos auxiliares de policía, además del nombramiento del jefe de inspectores del anteriormente creado cuerpo de policía9para la capital y los distritos de la provincia. Manuel M. Franco comenta sobre la creación de la policía: "[...] pueden ser la tabla de salvación para la constitución, el orden público y las garantías de los granadinos [...]"10.

Para abril, los altercados y la situación que vivía Bogotá desbordaba el control social y político, con lo cual la caída de Obando era evidente. El 17 de abril, en las primeras horas de la mañana, el general José María Melo, con el apoyo de un sector del Ejército y de algunos artesanos, se tomó el poder y clausuró el Congreso. En un primer momento, Melo ofreció la dirección del aparato estatal al presidente José María Obando; sin embargo, el presidente lo rechazó. Entonces, Melo, al ver que Obando despreció el cargo y por consiguiente la revuelta, se constituyó como "Jefe Supremo"11 del proclamado "Gobierno Provisorio".

En la calle y al frente del cuartel de artillería, los artesanos gritaban varias consignas: "¡Viva el ejército y los artesanos. Abajo los monopolistas!"; "¡Abajo los gólgotas!"12>; "¡Abajo la Constitución. Abajo!"; "¡Convención Nacional!"13; "¡Viva el General José María Obando, Jefe Supremo del Gobierno Provisorio!"14.

Por otra parte, el general Tomás Herrera, fiel a Obando, logró burlar la vigilancia de Melo y se dirigió a Chocontá, donde se declaró en ejercicio del poder e hizo algunos nombramientos; luego se dirigió a Tunja. Los congresistas que lograron escapar de Bogotá se reunieron en Ibagué el 20 de julio, la designaron capital de la República y decidieron entregar la presidencia a José de Obaldía (vicepresidente). Simultáneamente, se abrió en esta ciudad un juicio de responsabilidad contra José María Obando y sus secretarios.

Mientras tanto, en Bogotá, el general José María Melo tomó como prisionero al presidente Obando, quien fue trasladado al cuartel de San Francisco15. También fueron llevados a prisión algunos conservadores, gólgotas o cualquier opositor al golpe militar. Muchas personas se protegieron en las casas de los delegatarios o ministros de otros países16.

Después de la toma del poder por parte de José María Melo, se estableció un "Gobierno provisorio", que logró vincular sectores sociales, como los artesanos, quienes usualmente no participaban en la política formal. Pero el gobierno fue incapaz de consolidar alianzas con otros sectores sociales o con otras regiones del país; tampoco controló militarmente territorios más allá de la Sabana de Bogotá, y no adelantó reformas profundas en su estadía en el poder. El conflicto que se generalizó en todos los ámbitos de la nación fue reñido y sangriento.

Finalmente, el "ejército revolucionario", liderado por el general José María Melo, fue incapaz de impedir el acceso de los "ejércitos constitucionales" al altiplano. Los golpistas, atrincherados en Bogotá, se enfrentaron con tres frentes militares, que tomaron la ciudad en los primeros días de diciembre de 1854. El combate fue casa por casa y murieron importantes figuras de la dirigencia artesanal. Los artesanos acusados de participar en la toma del poder fueron llevados presos a Chagras, una cárcel en Panamá, bajo la pena de trabajos forzados; muchos murieron en prisión. Los militares golpistas partícipes en la guerra fueron borrados de la lista militar17 y, por consiguiente, expulsados de la institución. El general Melo cayó prisionero y fue condenado al destierro; se refugió en México, donde finalmente fue fusilado, acusado de tener tratos secretos con Juárez. Por otro lado, el presidente general José María Obando fue llevado a juicio por considerársele responsable de la toma del poder por parte del general Melo; así, fue acusado por los delitos de responsabilidad, traición y rebelión.


Proceso judicial

Contra el presidente general José María Obando se adelantaron dos juicios, entre 1854 y 1855, por los sucesos del 17 de abril de 1854. El primero, ante el Congreso, que le imputó el delito de responsabilidad, por el mal desempeño en el ejercicio de su función presidencial, antes y durante la revolución. Este sumario se levantó en Ibagué18, por petición de la Cámara de Representantes, para que el Senado de la República lo juzgara por dicho delito. Al mismo tiempo, se le llevó un segundo juicio ante la Suprema Corte de la Nación, en el que se le acusó de traición y rebelión, por la supuesta participación en el golpe militar.

El proceso judicial ante la Suprema Corte se inició por petición del Senado de la República19. La Corte Suprema de Justicia dictó sentencia en primera instancia el 4 de abril de 1855, y, por el delito de traición, condenó a Obando a doce años de destierro, a pagar la octava parte de sus bienes, a perder los derechos civiles y políticos por el término del destierro, y a los costos por los daños y perjuicios. Fue absuelto del delito de rebelión. Esta sentencia fue apelada y resultó absuelto por falta de pruebas. Al finalizar 1855, Obando ya se encontraba libre de cualquier imputación.

La causa criminal por los delitos de traición y rebelión consta aproximadamente de 1.000 folios, en los que se encuentran las pruebas del caso: declaraciones de los testigos y del acusado, pronunciamientos de los abogados (defensor y fiscal), cartas, certificados y una copia del juicio de responsabilidad contra Obando llevado a cabo por el Congreso. El abogado defensor fue Andrés Aguilar y el fiscal del caso, Florentino González.

En el proceso judicial se logró evidenciar el debate normativo jurídico que se insertó en una controversia política; esto, por la naturaleza del acusado, un presidente de la República. Se encontraron debates como el siguiente: quién debe ser el juez natural para juzgar al presidente José María Obando, ¿la Corte Suprema o una comisión especial? Para resolver este asunto había que decidir primero si los delitos por los que era acusado Obando, traición y rebelión, eran políticos o comunes. Este último punto no lo argumentaron ni resolvieron ampliamente en el debate jurídico el abogado defensor Andrés Aguilar ni el procurador Florentino González. Se podría concluir que la causa para no tomar una decisión sobre este asunto por parte de los jueces y abogados fue que el presidente general no perdiera su estatus ni prestigio. Finalmente, quien llevó la causa y la resolvió fue la Corte Suprema de la Nación, que tenía la autoridad de juzgar al primer mandatario y al vicepresidente según la Constitución de 1853, art. 42, inciso 1.°, por los delitos comunes.

Por otro lado, el debate jurídico entre delito político y común va más allá de lo normativo; por ello, se evidenciaron discusiones en términos de una comprensión de lo político, social y económico a lo largo de todo el siglo XIX, influenciados por las diferentes ideologías imperantes en este periodo. Época que, como se señaló anteriormente en el texto, estuvo marcada por múltiples guerras civiles y visiones de lo político, a partir de leyes y cartas constitucionales. En este sentido, la investigación abre la posibilidad de estudiar otros juicios políticos que permitan corroborar o profundizar en esta discusión, al analizar otras fuentes académicas y jurídicas.

El segundo debate que tuvieron los abogados consistió en esclarecer los hechos que dieron lugar a la toma del poder por parte de Melo, e indagar si Obando había participado o tenía conocimiento de este acontecimiento. En este punto se evidenciaron discusiones sobre el carácter de la guerra civil y el contexto económico, social y político del país; además, sobre el concepto de revolución o rebelión, y el papel de los sujetos que participaron en la guerra civil de 1854. Frente a este punto, los funcionarios judiciales y abogados se centraron en el debate jurídico, mientras que los declarantes manifestaron lo que ellos experimentaron y pensaron de la revolución del 17 de abril, y de las causas que llevaron a la guerra civil.


Reflexión sobre el concepto de revolución

Durante el juicio, los testigos no hicieron una distinción clara entre "revolución, revuelta, rebelión, tumulto o motín", estos se usaron indistintamente para expresar la toma del poder por fuera de la ley por parte de José María Melo y sus colaboradores. Varios de los declarantes en el juicio, o aquellos que opinaron sobre el tema de la toma del poder por parte del general José María Melo y la posterior guerra, usaron estos términos para expresar la guerra, el combate y el desorden. Se debe aclarar que la investigadora sabe que estos conceptos ya se encontraban definidos y claros en la época de estudio, debido a los hechos revolucionarios que afrontó el territorio nacional durante el siglo XIX, pero, para este caso, lo que la fuente arrojó (el proceso judicial) fue la falta de unanimidad en los términos.

Myriam Jimero Santoyo considera que el Estado radical del siglo XIX en Colombia no garantizó la seguridad y menos el ejercicio del monopolio de la violencia (principio weberiano del Estado moderno), lo que condujo a dejar sembrados numerosos conflictos sociales, sin vías de solución constitucional. Para este periodo, la Constitución no se usó para sellar la guerra o como botín de batalla, sino que se firmaron declaraciones formales y tratados para evitar los conflictos bélicos entre ideología políticas20.

El análisis del concepto de revolución se hizo a partir de las percepciones, experiencias e ideas que tuvieron los individuos que participaron en el juicio, y sobre ideas expuestas en prensa que hacen mención al término. Los conceptos "revolución", "revuelta" y "rebelión" estaban ligados con la alteración y/o cambio de los humores (revolución) y las pasiones que alteran la razón (rebelde).

Los individuos que participaron en el juicio pensaban que una "revolución" era un mal para el pueblo, porque alteraba el orden, causaba daños y paralizaba el comercio y la industria; sucesos que no dejaban que Bogotá y el país progresaran. Además, era un crimen contra la Constitución y las leyes, porque implicaba una traición a la patria y un atentado a la Carta constitucional, texto que se debía proteger, pues de ella emanaba la soberanía y la legitimidad de la nación, elementos que estaban por encima de cualquier autoridad o ley. Además, si bien es cierto que el detonante del conflicto se encuentra en las reformas que afectaron a los artesanos, el sentido de los actores es diverso y se concluye que no hay una idea rectora sobre por qué participaron en el conflicto.

En los testimonios se argumentaron diversas motivaciones, entre ellas se destacan: restablecer el orden, generar un cambio de gobierno, proteger la patria, modificar la Constitución, cambiar la República, contener la revolución conservadora y gólgota contra Obando, y finalmente, proteger al Ejército. Muchas de estas razones estuvieron ligadas con las ideas y pensamientos que tuvieron ciertos individuos sobre el concepto de "revolución", quienes manifestaban que el pueblo debía levantarse cuando el Gobierno le negara la libertad que se había ganado.

El presidente expresó varias ideas y pensamientos sobre la revolución: expuso que la ley y su cumplimiento estaban por encima de cualquier cosa, y que por tal motivo la toma del poder por parte de José María Melo había sido un crimen contra la nación, por estar en contra de la patria, la Constitución y las instituciones políticas adoptadas en el país, que proveían orden y prosperidad al Estado.

Finalmente, el objetivo de la investigación era aproximarse al estudio de la historia social del derecho, propósito que se buscó a partir de la reflexión sobre el delito político y la revolución. El proceso judicial dio cuenta de cómo los actores: abogado, procurador, juez, testigos y acusado, enriquecieron la controversia, para valorar hechos como la vida social, política y económica de esta época, según las intenciones de los individuos cuando declaraban a favor o en contra del presidente Obando, y al mismo tiempo justificaban y definían su proceder en la revuelta del 17 de abril. Adicionalmente, se manifestaron sobre el concepto de rebelión y traición a la patria, los cuales estaban claramente definidos en la norma jurídica, pero durante el juicio los implicados ampliaron su significado y adoptaron actitudes favorables o de rechazo al término.



Notas

1 Jorge Carvajal, "La sociología jurídica y el derecho". Prolegómenos. Derechos y Valores 14 (2011): 115.

2 Álvaro Tirado Mejía, "El Estado y la política en el siglo XIX". En Nueva Historia de Colombia, 2. Era Republicana, 155-183. (Bogotá: Planeta, 1986).

3 Jaime Jaramillo Uribe, "Las sociedades democráticas de artesanos y la coyuntura política y social colombiana de 1848". En: Anuario Colombiano de Historia Social y de la cultura 5-18. (Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, 1976), 8.

4 Ibid., 10.

5 La nueva Carta disponía que las gobernaciones fueran cargos de elección, la descentralización administrativa; estableció el sufragio universal para los hombres, dio comienzo a la descentralización política y aceptó la tolerancia en materia de cultos religiosos.

6Gaceta Oficial (Bogotá), XXIV, n.° 1776 (12 de abril de 1855), 684.

7 "Parte municipal y administrativa", El Repertorio (Bogotá), n.° 55 (7 de enero de 1854), 7.

8 Este semanario es el periódico oficial de la Provincia de Bogotá.

9 Estos cuerpos de policía solo podían actuar "[...] en casos extremos y muy urgentes, como el de que aparezca alguna cuadrilla de malhechores u otros semejantes [...] Para los demás casos en que haya necesidad de hacer respetar la autoridad, debe preferirse el uso de la policía permanente [...]" ("Parte municipal y administrativa", El Repertorio (Bogotá), n.° 70 (8 de marzo de 1854), 66.

10 El Repertorio (Bogotá), n.° 64 (4 de febrero de 1854), 43.

11 Archivo General de la Nación, "Causa seguida contra el presidente general José María Obando por los delitos de traición y rebelión" (Sección República. Fondo Juicios y tribunales. Rollo 39. Folio 920).

12 Fabio Zambrano Pantoja, "La geografía de las guerras en Colombia". En Las guerras civiles desde 1830 y su proyección en el siglo XX (Bogotá: Museo Nacional de Colombia, 1998), 67.

13 José María Peralta, "A mis conciudadanos" (Archivo General de la Nación, Rollo 39. Folio 639).

14 Archivo General de la Nación. "Causa seguida contra el presidente general José María Obando por los delitos de traición y rebelión" (Sección República. Fondo Juicios y tribunales. Rollo 40. Folio 915). (Segunda instancia).

13 Archivo General de la Nación, "Causa seguida contra el presidente general José María Obando por los delitos de traición y rebelión" (Sección República. Fondo Juicios y tribunales. Rollo 39 Folio 634).

16 Ibid., folio 921.

17 Se valieron de denuncias y de las listas que tenía el gobierno revolucionario, y se procedió a borrarlos de la lista del Ejército. En las causas contra Obando se menciona que se les iniciaron juicios a oficiales de altos rangos.

18 Hay que recordar que se levantó en Ibagué, porque la capital del país fue trasladada a este territorio por la toma del poder por parte de Melo y por el cierre del Congreso.

19 Antonio José Lemos Guzmán, Obando. 1795-1861 (Popayán: C. Climent C., Instituto del Libro, 1959), 410.

20 Myriam Jimeno Santoyo, "Los límites de la libertad: ideología, política y violencia en los radicales". En El radicalismo colombiano del siglo XIX, editado por Rubén Sierra Mejía, 167-191. (Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, 2006), 190.



Referencias

Fuentes primarias:

Archivo General de la Nación. "Causa seguida contra el Ciudadano Presidente de la República General José María Obando, por los delitos de traición y rebelión". Sección República. Fondo Juzgados y tribunales. Rollo 39, folios 610 al 996. Rollo 40, folios del 821 al 928. Bogotá.

____ "Causa seguida contra el presidente general José María Obando por los delitos de traición y rebelión. Sección República. Fondo Juicios y tribunales. Rollo 40. Folio 915. (Segunda instancia).

____ "Causa seguida contra el presidente general José María Obando por los delitos de traición y rebelión. Sección República. Fondo Juicios y tribunales. Rollo 39 Folio 634.

Peralta, José María. "A mis conciudadanos" (folletín). Archivo General de la Nación. Sección República. Fondo Juzgados y tribunales. Rollo 39, Folio 639. Bogotá.


Prensa

"Parte oficial". Gaceta Oficial República de la Nueva Granada (Bogotá), XXIV, n.° 1776, (jueves 12 de abril de 1855): 684.

"Parte municipal y administrativa". El Repertorio (Bogotá), n.° 55 (7 de enero de 1854): 7.

"Parte municipal y administrativa". El Repertorio (Bogotá), n.° 70 (8 de marzo de 1854), 66.

"Establecimientos públicos". El Repertorio (Bogotá), n.° 64 (4 de febrero de 1854), 43.

Libros y artículos

Jimeno Santoyo, Myriam. "Los límites de la libertad: ideología, política y violencia en los radicales". En: El radicalismo colombiano del siglo XIX, editado por Rubén Sierra Mejía, 167-191. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, 2006.

Lemos Guzmán, Antonio José. Obando. 1795-1861. Popayán: C. Climent C.-Instituto del Libro, 1959.

Tirado Mejía, Álvaro. "El Estado y la política en el siglo XIX". En Nueva Historia de Colombia, 2. Era Republicana, 155-183. Bogotá: Planeta, 1986

____ "Las sociedades democráticas de artesanos y la coyuntura política y social colombiana de 1848". En Anuario colombiano de historia social y de la cultura, vol. 8, 5-18. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, 1976.

____ El pensamiento colombiano en el siglo XIX. Bogotá: Uniandes, 2003.

Zambrano Pantoja, Fabio. "La geografía de las guerras en Colombia". En Las guerras civiles desde 1830 y su proyección en el siglo XX, 223-246. Bogotá: Museo Nacional de Colombia, 1998.


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